domingo, 18 de abril de 2010

Incidentes y sucesiones


En cuanto a las sucesiones podemos decir que al existir una carencia de una norma expresa, los Jueces Agrarios han tenido que dirigirse supletoriamente a lo establecido en el código civil, sin embargo debemos de tomar en cuenta que en sede agraria el Instituro de desarrollo agrario, tiene gran participación por lo que dicha institución participa activamente de dichos procesos.


Por otro lado, como lo hemos analizado a lo largo de este curso y en las lecturas asignadas, los incidentes estan relacionados con el derecho de defensa, de manera que podemos decir quelos incidentes son una acción accesoria del proceso principal, la cual provoca en la mayoria de los casos en cuestion la validez de un acto jurídico.


Los incidentes pueden se opuestos a autos, autos con caracter de sentencia y hasta en la propia sentencia. En caso de que exista duda con respecto a la resolución del incidente, dicha resolución podrá ser objetado vía recurso

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